martes, enero 14, 2025
5:25 pm

En atención a las convocatorias del concurso abierto de méritos para provisión de cargos de docentes y directivos docentes, identificadas con los números 2150 a 2237 de 2021, y 2316 y 2406 de 2022, adelantadas por la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC), esa entidad remitió a la Secretaría de Educación de Soacha las listas de elegibles correspondientes para la provisión de los cargos ofertados en su oportunidad, los cuales hacen parte de la planta de personal docente y directivo docente de las instituciones educativas oficiales de la ciudad, listas que a la fecha de publicación del presente comunicado se encuentran vigentes.

Por lo anterior y con el fin de garantizar la prestación del servicio en las instituciones educativas oficiales del territorio, y respetando el debido proceso para su provisión, las vacantes definitivas declaradas con corte hasta el 10 de enero de 2025, serán surtidas atendiendo las siguientes consideraciones:

1. En relación con las vacantes definitivas declaradas a la fecha de corte, cuyos cargos o áreas cuenten con lista de elegibles vigente, será necesario dar por terminado el nombramiento provisional en vacante temporal del docente que ocupa dicho cargo. Lo anterior, en cumplimiento en lo dispuesto en los decretos 1278 de 2002, 1075 de 2015 y 490 de 2016, los cuales establecen que dichas vacantes deben ser provistas mediante las listas elegibles correspondientes.

2. Respecto al retiro del personal docente que ostenta una condición de estabilidad laboral reforzada, este será reubicado en la Lista de Retén Social conformada previamente, garantizando el mantenimiento de su condición reconocida. En consecuencia, dicho personal será convocado, en el orden ya establecido en la mencionada lista, tan pronto se identifique vacantes definitivas o temporales en los cargos o áreas correspondientes, una vez se haya agotado la lista de elegibles vigente.

3. Se remitirá a la CNSC la solicitud para viabilizar el desarrollo de las audiencias públicas con el fin de proveer las vacantes definitivas declaradas; por lo tanto, una vez se cuente con dicha viabilización, esta Secretaría publicará las fechas de audiencias a desarrollar, junto con el detalle de las vacantes a proveer; información que también podrá ser consultada en la página web de la CNSC.

4. En caso de que alguna vacante definitiva no pueda ser provista mediante audiencia, esta se suplirá de acuerdo con lo definido en la Resolución 3593 del 27 de marzo de 2024, expedida por el Ministerio de Educación Nacional.

5. Los docentes provisionales nombrados en vacante temporal, deberán continuar con la prestación del servicio educativo hasta tanto sean notificados de cualquier cambio en la situación administrativa; esto mediante el respectivo acto administrativo.

 

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